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Esta pregunta aplica para las personas que en 418 A declaran que trabajan en calidad de 01. Empleador(a) o patrono(a), 02. Cuenta propia con local o 03. Cuenta propia sin local; El objetivo es identificar a los contratistas dependientes.
El contratista dependiente tiene algunas características del trabajo asalariado, por ejemplo puede estar sujeto a un horario, a un jefe, pero la forma de sus ingresos no es la remuneración, es decir sueldos y salarios.