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Con esta pregunta se investiga cuál es la(s) forma(s) de tenencia en que el productor posee la tierra con
vocación agropecuaria, que puede haberla trabajado o no durante el ciclo agrícola 2013/2014.
Formas de tenencia:
1. Propietario
2. Arrendatario
3. Colono
4. Cooperativista
5. Aparcero (censo)
6. Ocupante gratuito
7. No utilizó tierra
8. Otra forma
propietario: es aquel individuo que posee un bien inmueble con vocación agropecuaria en propiedad ya sea
pagado o pagándolo a plazos.
Arrendatario: es aquella persona que adquiere el derecho de utilizar la tierra mediante el pago en efectivo.
Colono: es cuando la persona paga el derecho de usar la tierra mediante trabajo o servicios personales
prestados al propietario, cuyo valor no es reportado en ninguna parte del cuestionario.
Cooperativista: es aquel productor que trabaja en forma directa e individual la tierra que es propiedad colectiva
de una cooperativa, que a la vez es miembro activo de dicha organización empresarial, es decir que se
encuentra activo en el listado de la membresía de la cooperativa.
Aparcero o mediero: es la persona que paga el derecho de usar la tierra que explota mediante una porción de la
cosecha, misma que es conocida en el sector rural como censo. Incluye el caso de productores que tienen un
arreglo con el propietario de la tierra en el sentido de que este último, además de proporcionar la tierra, puede
pagar parte o todos los costos de producción del cultivo a cambio de una determinada parte de la cosecha o
producción obtenida en la actividad agrícola
ocupante gratuito: es toda persona que ocupa una porción de tierra sin costo en efectivo, especie o servicio.
Generalmente, esta forma de tenencia se presenta cuando el productor trabaja tierra que es propiedad de
familiares o amigos.
No utilizó tierra: es cuando el productor agropecuario se dedica a actividades que no necesita tierra para
realizarlas, particularmente aves y cerdos en pequeña escala.
Otras formas: se refiere a los productores que trabajan predios baldíos o marginales, los que casi siempre se
encuentran ubicados a la orilla de carreteras, ríos, quebradas o de la línea férrea, por lo general son tierras
propiedad del estado o de municipalidades.