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Con esta pregunta se investiga cuál es la(s) forma(s) de tenencia en que el productor posee la tierra con vocación agropecuaria, que puede haberla trabajado o no durante el ciclo agrícola 2017/2018.
Para calificar la forma de tenencia, tenga en cuenta los siguientes conceptos:
1 Propietario(a): Es aquel individuo que posee un bien inmueble con vocación agropecuaria en propiedad ya sea pagado o pagándolo a plazos.
2 Arrendatario(a): Es aquella persona que adquiere el derecho de utilizar la tierra mediante el pago en efectivo.
3 Colono(a): Es cuando la persona paga el derecho de usar la tierra mediante trabajo o servicios personales prestados al propietario, cuyo valor no es reportado en ninguna parte del cuestionario.
4 Cooperativista: Es aquel productor que trabaja en forma directa e individual la tierra que es propiedad colectiva de una cooperativa, que a la vez es miembro activo de dicha organización empresarial, es decir que se encuentra activo en el listado de la membresía de la cooperativa.
5 Aparcero(a) o Mediero: Es la persona que paga el derecho de usar la tierra que explota mediante una porción de la cosecha, misma que es conocida en el sector rural como Censo. Incluye el caso de productores que tienen un arreglo con el propietario de la tierra en el sentido de que este último, además de proporcionar la tierra, puede pagar parte o todos los costos de producción del cultivo a cambio de una determinada parte de la cosecha o producción obtenida en la actividad agrícola.
6 Ocupante gratuito: Es toda persona que ocupa una porción de tierra sin costo en efectivo, especie o servicio. Generalmente, esta forma de tenencia se presenta cuando el productor trabaja tierra que es propiedad de familiares o amigos.
7 No utilizó tierra: Es cuando el productor agropecuario se dedica a actividades que no necesita tierra para realizarlas, particularmente aves y cerdos en pequeña escala.
Cuando la forma de tenencia corresponda sólo a esta opción de respuesta, pase a pregunta 506, de acuerdo al pase impreso en el cuestionario.
8 Otras formas: Se refiere a los productores que trabajan predios baldíos o marginales, los que casi siempre se encuentran ubicados a la orilla de carreteras, ríos, quebradas o de la línea férrea, por lo general son tierras propiedad del estado o de municipalidades.