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La transferencia directa no condicionada (subsidio al GLP) inició en el mes de marzo de 2011, el principal requisito para que los hogares sean beneficiarios del subsidio al GLP, es que el consumo de energía eléctrica esté en el rango de 1 a 199 Kilovatios de los últimos 12 meses.
Además, el período de compra del GLP no debe exceder los dos meses calendario por lo que, si el hogar aplica, en la pregunta 924 no debería tener códigos 5 en adelante.